Cuando compre un inmueble es un lugar distinto al de su residencia habitual, no debe de asumir que el procedimiento de compra es exactamente el mismo. Existen una serie de particularidades que deben de ser conocidas antes de iniciar el proceso de compra y, sobretodo, es necesario conocer la zona para poder comprar lo que realmente se desea comprar y, siempre, con las mayores garantías. Trataremos, desde esta página, de darle una serie de consejos importantes y de recomendarle que, en caso de dudas, acuda siempre al consejo de un profesional cualificado, tanto del derecho, como de la gestión inmobiliaria. Tenga siempre en cuenta que un pequeño ahorro en asesoramiento puede traducirse en importantes pérdidas económicas debidas a la compra de un inmueble problemático o en una zona poco aconsejable o inadecuada al uso que se le pretende dar.
Un buen agente inmobiliario deberá de disponer de tiempo suficiente para enseñarle con calma toda la zona, haciendo especial hincapié en las ventajas y desventajas de cada lugar. Además deberá de explicarle, con toda claridad, los distintos procesos que conlleva la operación de compra. Un buen agente inmobiliario tratará siempre de asesorarle y ayudarle a tomar la decisión correcta, en lugar de presionarle para que compre lo que él o ella considere.
Una vez realizadas estas aclaraciones, nos centraremos en definir los conceptos básicos del proceso de compra. Tenga siempre en cuenta que lo que sigue es sólo una idea general con algunos conceptos y plazos aplicables sólo a esta zona y que cada venta es de por sí diferente. En cualquier caso, esperamos que le resulte útil y que sea capaz de resolverle ciertas dudas o de llamar su atención sobre aspectos que no había considerado anteriormente.
EL CONTRATO DE COMPRA-VENTA. En el momento en que encuentre el inmueble que usted busca, es conveniente reservarlo mediante la entrega de una señal. Con ello retirará la vivienda del mercado y congelará su precio durante el subsiguiente proceso de compra. La cuantía de la señal varía con relación al vendedor y al tipo de vivienda; aunque lo normal es depositar una cantidad no inferior a 3.000 €. La cantidad entregada como señal no suele ser reembolsable y forma parte del importe de la vivienda. En un corto plazo (normalmente no supera los 15 días) deberá usted de firmar el Contrato de Compra del inmueble, momento en el que tendrá que depositar una cantidad importante de dinero (normalmente un mínimo del 10% del precio total de compra). En caso de duda, no dude nunca en acudir a recibir asesoramiento legal con una copia del contrato.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN. Antes de pagar una suma importante de dinero (señal o contrato de compra) es muy recomendable obtener una nota simple en el Registro de la Propiedad, que asegure que el vendedor es realmente el dueño del inmueble y que, además, éste se encuentra libre de cargas o, si las tiene, se deje claro en cualquier contrato que las cargas pendientes deberán de ser libradas por el vendedor antes de finalizar el proceso de compra. Si se compra sobre plano, es conveniente comprobar, en las oficinas municipales correspondientes, que el promotor tiene todos los permisos necesarios para acometer la obra. Es frecuente en la zona, sin embargo, que el permiso de obra no se encuentre totalmente en orden, debido a la lentitud de los plazos de concesión y a la velocidad con se construye en el área.