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6 ENERO 2009
Últ. actualización: 11/01/2007

GASTOS DE COMPRAVENTA

Gastos de inscripción en el Registro Son los gastos correspondientes a la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, de forma que un futuro comprador sepa que la vivienda tiene pagos pendientes que deben de ser liquidados antes de su venta a terceros. Su cálculo se realiza en función del valor de responsabilidad hipotecaria (no del importe de la hipoteca) y en función de unas tarifas establecidas legalmente.

Gastos de notaría Son los derivados del otorgamiento de la escritura del préstamo hipotecario. Su cálculo se realiza también en función del valor de responsabilidad hipotecaria, sobre la que se aplica una tarifa establecida legalmente. Habrá que incluir, además, los costes por utilización de papel sellado del Estado y por la emisión de copias de la escritura.

Gastos de gestoría Lo normal es que sea un gestor administrativo el que se encargue de realizar todos los trámites necesarios para la constitución de la hipoteca y el pago de impuestos. De esta forma, tanto el comprador como el banco, se aseguran de que todos los trámites se realizan de forma correcta. El importe habitual puede variar entre 150 y 200 euros.

Comisión de apertura Es una tasa que suelen cobrar los bancos por el estudio, gestión y tramitación de los préstamos hipotecarios. Su valor depende de cada banco y oscila entre el 0% y el 2% del importe solicitado.

Seguros Además de los gastos anteriormente indicados, deberá de incluir los gastos correspondientes a la contratación de un seguro contra incendios de la vivienda que es garantía del préstamo. Este seguro suele cubrir también otro tipo de imprevistos como explosiones, desescombro, riesgos extraordinarios y catastróficos y otros. Según la legislación actual, la contratación de este seguro es obligatoria al suscribir una hipoteca. El beneficiario de este seguro será el banco que concede la hipoteca y su importe será proporcional al valor de tasación de la vivienda. Su coste puede estimarse en unos 90 ó 100 euros anuales. La mayoría de los bancos suelen ofrecer un seguro multiriesgo del hogar que incluye el seguro obligatorio de incendios más una serie de coberturas adicionales que le aseguran un hogar completamente protegido: daños por agua, rayo, explosión, robo, roturas de cristales y responsabilidad civil entre otros. Su precio de contratación es variable y; aunque no es obligatorio, es muy recomendable puesto que su coste no sube mucho más que el seguro obligatorio de incendios (de 30 a 50 euros más por año). Este seguro cubre, además, el contenido de la vivienda (aunque en función del valor declarado del contenido la póliza puede incrementarse notablemente). Existen otros seguros adicionales no obligatorios; pero sí interesantes que podrá usted consultar con su entidad bancaria y que cubren otro tipo de imprevistos: desempleo o invalidez, bajas laborales por accidente o enfermedad, etc. Existen también seguros que garantizan la amortización del préstamo hipotecario en caso de muerte o invalidez del titular. Estos seguros no son obligatorios; pero le recomendamos que, al menos, se interese por conocer sus condiciones y coberturas.


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